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EMPRENDE RURAL LEADER

Beneficiarios

  • Estar inscrito como demandante de empleo en el Inaem al menos un día antes del alta de autónomo.
  • Las personas físicas que se integren en una sociedad ya constituida, ésta no habrá podido ejercer la actividad por la que el nuevo autónomo se da de alta a efectos de esta ayuda, con anterioridad. 
  • Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en una de las actividades no excluidas de la subvencionalidad y que lleva al menos dos años sin estar de alta en la misma actividad económica (IAE) y en el mismo territorio del Grupo.
  • En el caso de que la actividad económica consista en la oferta de servicios de proximidad (definidos en el Manual de procedimiento), la persona solicitante de la ayuda Emprende Rural Leader no puede haber recibido ayuda Leader en los dos últimos años antes de la fecha de la solicitud de la ayuda.
  • Presentar un plan de empresa (de acuerdo a los elementos señalados en el Manual de procedimiento) para cinco años, con una estimación de rentas generadas por la empresa superior al Iprem para el año de la solicitud. ( 8.400 € para el año 2024). 
  • Haber percibido anteriormente este tipo de ayuda no es aplicable.
  • No haberse dado de alta antes de presentar la solicitud de ayuda. En caso de haberse dado de alta como autónomo y en el IAE de la actividad a desarrollar, el alta no puede ser anterior a dos meses antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
  • No ser trabajador autónomo económicamente dependiente conforme al artículo 11.1 y 11.3 del Estatuto de trabajador autónomo.
  • Desarrollar la actividad empresarial a título principal y que ésta genere la mayoría de sus ingresos.
  • Las personas físicas que se integren en una sociedad ya constituida, ésta no habrá ejercido con anterioridad la actividad por la que el nuevo autónomo se da de alta, salvo que cambien por completo los socios-propietarios de dicha sociedad y entre ellos se incluya el solicitante de la ayuda. 
  • Mantener la actividad durante los cinco años posteriores a la fecha de pago final.
  • No se vincula la subvención de Emprende Rural Leader a tener que hacer inversión por parte del promotor. 
  • Además de esta ayuda, se puede solicitar la ayuda de inversión para cualquier otro proyecto, siempre que la inversión mínima sea de 5.000€ sin IVA.
  • Se permite solicitar la ayuda sin necesidad de disponer de un local.
  • No se excluye ningún epígrafe del IAE, siempre que se cumpla lo exigido por normativa.
  • El emprendedor que vaya a gestionar algún servicio de titularidad municipal sólo podrá obtener esta ayuda cuando no tenga ningún tipo de incentivo económico por parte del ayuntamiento. 
  •  

Inversión mínima:

No se exige

 

Ayuda a otorgar

La ayuda será de 10.000 €. (primer pago 5.000€ cuando la resolución, segundo pago 5.000€ en los dos años posteriores en el momento que se cumpla el plan de empresa). El incumplimiento del plan de empresa podrá dar lugar a la pérdida de la subvención y a la devolución del primer pago.

Es incompatible con la ayuda al empleo del Inaem y otras con la misma finalidad. Son compatibles con las ayudas a la inversión en el proyecto (línea de proyectos productivos o cualquier otra ayuda pública que subvencione inversiones).

 

Periodo de ejecución:

2 años

 

Compromisos que se adquieren

  • Mantener la actividad subvencionada durante un periodo mínimo de cinco años desde la fecha del pago final de la ayuda.
  • Comunicar al Grupo cualquier cambio que modifique las actuaciones subvencionadas, incluyendo las relacionadas con otras ayudas para la misma finalidad.

Exclusiones

Las actividades directamente relacionadas con la producción agraria. 

 Actividades de servicios agrarios si los solicitantes son beneficiarios de la PAC o están inscritos en el REGA.

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